El gobernador de la provincia de Jujuy, Dr. Walter Barrionuevo, en declaraciones a un medio local de noticias, manifestó la imposibilidad de la aplicación del cupo femenino en las próximas elecciones; debido a que la provincia no cuenta con una ley que lo regule. Además las fuerzas políticas empiezan a transitar un tiempo de descuento para la definición de candidaturas… agregó. Para leer la nota completa: "Diario El Paso"
Respuesta: al Gobernador Walter Barrionuevo
"Carta abierta al Gobernador de la Provincia de Jujuy "
Las mujeres que suscribimos la presente, nos hemos propuesto terminar con una omisión temeraria que tiene el Estado Provincial con la democracia de los/as jujeños. Omisión que se hace visible ante la inequidad de real oportunidades entre varones y mujeres para los cargos electivos partidarios en todo el territorio de la provincia de Jujuy.
Tan solo con mirar la participación femenina en los ámbitos parlamentarios de la provincia y de los municipios de Jujuy, puede constatarse que su inclusión es menor del 30% y en algunos otros municipios lo es de 0%; como si las mujeres políticas no existieran ese lugar o comunidad. Es decir, Jujuy está muy por debajo del standard mínimo de participación femenina que se espera en una democracia con calidad institucional.
Cabe recordar que en la última reforma de nuestra Constitución Nacional se ha previsto en su artículo 37 “ (…) La igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizará por acciones positivas[1] en la regulación de los partidos y en el régimen electoral”. Claramente se estableció la adecuación de las normas a favor de la participación de la mujer, con tal, de revertir la histórica situación de menoscabo que han venido teniendo las mujeres en el espacio público electoral. Además se incorpora a la Constitución Nacional la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la cuál es su artículo 7 establece: “Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres, el derecho a: a) Votar en todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para todos los organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas; b) Participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales (…). Nótese que el carácter imperativo de éste articulo cuando dice: Los Estados (…) tomarán todas las medidas (…). y para aquellos escépticos de la inclusión de la mujer que sospechan discriminación “normada” hacia los varones, vale recalcar el artículo 4 de la misma Convención reza: “ No se considerará discriminatoria la adopción de medidas especiales de carácter temporal encaminadas a acelerar la igualdad de facto entre el hombre y la mujer” . Sin embargo, no se trata solamente de cumplir con las obligaciones legales internacionales, sino que es también una condición necesaria para el establecimiento de verdaderas democracias que tomen en serio los intereses de las mujeres. No hay representatividad sin elecciones participativas donde varones y mujeres puedan representar. No se trata de que los hombres no pueden representar los intereses de las mujeres y viceversa, se trata de que conforme al principio de Igualdad, las mujeres tienen derecho a que la Cámara refleje la distribución por sexo de la población de un Estado, ya sea provincial o municipal, porque el porcentaje de las mujeres en el legislativo no es sólo cuestión de números. Como bien lo menciona la Plataforma de Acción de Beijing: “La participación de las mujeres en la toma de decisiones no es sólo una demanda simple de justicia y democracia sino que también puede verse como una condición necesaria para que los intereses de las mujeres sean tomados en cuenta”.
Actualmente todas las demás provincias Argentinas, excepto Jujuy, se rigen con leyes de cupo/cuotas o disposiciones Constitucionales que tienen el mismo objetivo del sistema de cupo/cuotas.
Desde hace 18 años que le movimiento de mujeres a través de su vinculación con distintas organizaciones, dirigentes, activistas etc., pernoctan en la Legislatura en demanda del Cupo/Cuota Electoral. A pesar de los esfuerzos de algunos/as legisladores/as, el cuerpo parlamentario nunca ha sometido este tema a tratamiento en el recinto. Como ciudadanas y ciudadanos sin más posibilidades legislativas que solicitar, acudimos el pasado 23 de marzo (en homenaje a los Derechos Humanos del 24 de Marzo) a la Justicia Provincial, para que ésta repare la omisión legislativa que reprochamos.
Pero sus dichos, en los medios de comunicación, Sr. Gobernador han agraviado aún mas éste hecho de negligencia representativa que nos tiene sumida, y sume a todo el electorado/a negándole representación, haciendo del derecho a elegir una mera opción. Su justificación, que no justifica, es la falta de tiempo. De qué tiempo habla Sr. Gobernador si en un abrir y cerrar de ojos se aprueban leyes, sino fíjese la rapidez con el que el Congreso de la Nación aprobó el adelanto de las Elecciones Nacionales. Aprobación que no le hizo a usted temblar la mano a la hora de aprobar el decreto de adelanto de las “nuestras” elecciones. No nos diga que no hay tiempo … súmele al tiempo que restó cuando decretó el adelanto de las elecciones y haga ejecutar la Ley de Cupo Femenino, de modo que esté vigente para los inminentes comicios. Tiene usted facultades para hacerlo articulo 4 de nuestra Constitución Provincial, tiene mayoría parlamentaria en la Cámara de diputados. No hay imposibilidad para hacer una Ley de Cupo Femenino, si hay indecisión política.
Porque sino hubiera tiempo y siendo las elecciones el acto mas sagrado de la política democrática ¿Por qué ha resuelto anticipar las elecciones? ¿Ahorra usted el dinero de los/as electores en desmedro de su posibilidad de elegir y ser elegida/o? ¿Ha convertido usted a las elecciones en opciones, donde los ciudadanos/as no votamos sino optamos?
Es definitiva, aplicar un sistema de cupo/cuotas, sólo requiere la voluntad política de incorporar representantes, en equidad de género, en un Estado democrático. De lo contrario envilece la democracia, desdibuja el demo (pueblo) donde difícilmente éste elige y mucho menos gobierna. Contamina el clima de violencia y cinismo donde decir que “el gobierno es del pueblo, por el pueblo, para el pueblo” es un descarado sarcasmo que nos deja un gusto amargo en la boca y en el alma.
Usted puede hacer posible lo imposible, no se encuentra en “imposibilidad”, como se refirió en los medios. Un cambio en el poder de su actitud puede terminar con ésta inequidad, puede legitimar y transparentar las elecciones, puede dar un nuevo vigor cívico al electorado/a, puede también honrar la memoria “Evita en su lucha por el sufragio femenino”.
O puede seguir siendo la imposibilidad para el electorado/a, la imposibilidad para muchas mujeres, la imposibilidad para la representación, la imposibilidad para participación, la imposibilidad para el cumplimiento de la Constitución Nacional y Tratados Internacionales con jerarquía Constitucional, la imposibilidad que no aliviana la queja de nuestra presidenta cuando dice “que por ser mujer, le cuesta el doble” … Y quizás la imposibilidad de resolver el conflicto con el campo, también…
Cecilia Sandoval, María Inés Zigarán, Bettina Demattei, Valeria Chacón, Valeria Argañaráz, Vanesa Calisaya, Georgina Torino, Alicia Chalabe, Silvana Morel, Nora Ferreira.
[1] Lo puesto “en negrita” es nuestro.
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