domingo, 20 de junio de 2010

Ley de Cupo: pasó a comisión de asuntos institucionales el juri de enjuiciamiento


Nota del LIBERTARIO.COM  11.06.10

Sin debate ni mujeres en la barra, la Cámara de Diputados dio ingreso al proyecto de resolución del oficialismo y de un diputado del Frente Primero Jujuy, que propicia la destitución de los tres jueces que fallaron ordenando sancionar y promulgar en un plazo de tres meses la norma que asegure una igualitaria participación de las mujeres en los cargos electivos en todo el territorio provincial. Ostensible preocupación por las multas previstas en la sentencia.
La Legislatura pasó ayer a la Comisión de Asuntos Institucionales el proyecto de resolución solicitando al Superior Tribunal de Justicia promover el jury de enjuiciamiento contra los jueces Benjamín Villafañe, Luis Morales y Silvia Maurín del Tribunal Contencioso Administrativo. Los funcionarios judiciales –dice la iniciativa- “se han extralimitado en su función de impartir justicia y han avasallado la jurisdicción propia de esta Legislatura, la que tiene como función básica y primordial el de dictar leyes que rigen en nuestra provincia, conforme a lo que dicta la Constitución provincial”.
El proyecto salió con la firma de las propias diputadas del PJ, Patricia Arach, Eva Cruz, Mirna Abregú, Mariela Ortiz, y Susana Mayans, acompañadas por Rubén Rivarola, Guillermo Snopek Ricardo Rubén González, Carlos Lops, Pedro Lozano, Manuel Soler, Víctor Borja, José Melé, Marcelo Abraham, Miguel Rioja, Héctor Tentor, Miguel Morales y David Jorge Casas. Al darse ingreso al iniciativa, Oscar Agustín Perassi del Frente Primero Jujuy protestó porque siendo también autor de la iniciativa, según dijo, no se había consignado su nombre. La omisión fue inmediatamente reparada por el presidente del bloque del PJ, quien destacó que efectivamente Perassi también había suscripto el proyecto-

“A este poder Legislativo nunca se le ha dado la participación correspondiente conforme a lo que prevé el CPA, violándose con ello una garantía constitucional que es la defensa en juicio; mal podría entonces el Tribunal condenar o mejor dicho conminar a este cuerpo para que en el plazo de tres meses dictemos la ley que reglamenta la Constitución nacional en su artículo 37 último párrafo y disposición transitoria”, se señala en los fundamentos.
“Asimismo –resalta- existe avasallamiento cuando (el fallo) sostiene en su decisorio que si no se da cumplimiento con lo mandado, se aplicaran sanciones conminatorias, en buen romance, si no actuamos como el tribunal nos dice, nos aplicarán una multa a cada uno de nosotros”.

En la misma línea que el fiscal de Estado, los diputados expresaron que “nos encontramos ante un hecho sin precedentes, ya que si nos planteamos hipótesis sobre los que nos dice como debemos actuar, llegaríamos a distintas consideraciones. 1) Qué pasa si se emiten los despachos de comisión sobre los proyectos que ya han ingresado a esta cámara y en el recinto no obtiene los votos favorables para que sea sancionada como ley?; la sanción de multa se aplicará a los que votaron desfavorablemente la norma pero excluirá a los que votaron a favor? 2) Si el proyecto de ley es sancionado por el cuerpo y desde el Poder Ejecutivo se veta el mismo conforme las facultades constitucionales, la multa la deberá abonar nuestro gobernador?”.
“Nos encontramos –dicen- ante una enormidad de interrogantes, ya que como lo sabemos todos los que nos encontramos en este parlamento jujeño, las normas que se sancionan es por que las mismas han sido debatidas, consensuadas entre los distintos estamentos que integran la cámara y fundamentalmente en las comisiones.

Con el fallo en cuestión –aseguran- debemos sancionar en el plazo de tres meses la normativa reglamentaria sobre el tema del cupo, violentándose así un principio básico de nuestro trabajo legislativo, el cual radica en la posibilidad de convencer al otro de que el proyecto que tratamos es el mejor para el conjunto de los ciudadanos de nuestra provincia, pero claro es que el trámite de convencer al otro lleva su tiempo, más aún si debemos acordar con por lo menos con más de la mitad de los integrantes de la Cámara”.

Afirman también que el fallo “avanza sobre facultades constitucionales del Poder Ejecutivo, ya que lo conmina a que en el mismo plazo deba promulgar la norma reglamentaria”.
“A todas luces –concluyen- el fallo atenta contra las facultades constitucionales del Poder Ejecutivo y del legislativo” y “existe una extralimitación en las facultades del Tribunal Contencioso Administrativo”.

Aunque es el tema político del momento, el pase a comisión del proyecto no generó debate entre los bloques. Sólo el jenefista José Antonio Melé alteró la monotonía de la tarde cuando pidió la palabra para cuestionar la ética del radical Pablo Baca, por haber sido uno de los que plantearon el recurso de amparo por la Ley de Cupo. “Tengo plena convicción de haber actuado dentro de la ética”, contestó el aludido.
A diferencia del jueves anterior, la sesión se realizó sin la presencia de mujeres en la barra. En el acceso por la calle Gorriti dos grupos se quedaron sin poder entrar: “la policía nos dijo que no podemos pasar porque tendríamos que haber pedido permiso con una semana de antelación”, le relató a El Libertario una de las defensoras de la Ley de Cupo. “¿Por qué no nos dejan pasar si somos el pueblo?”, preguntó una de ellas. Nadie le contestó.

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